El Consejo de Asuntos Generales (CAG) de la Unión Europea, formado por los ministros de Asuntos Europeos de los Estados de la UE, ha adoptado en la sesión celebrada en Luxemburgo, la recomendación sobre el enfoque coordinado de la UE para la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia. España ha estado representada en el CAG por el secretario de Estado para la Unión Europea, Juan González-Barba.
Con esta recomendación, Europa busca una mayor coordinación preservando el principio de movilidad entre EEMM. Tras el confinamiento, es la primera recomendación efectiva para homogeneizar criterios de información.
Para el secretario de Estado de la España Global, competente en las cuestiones de movilidad, Manuel Muñiz, “esta Recomendación recoge aspectos importantes que España viene defendiendo desde que a mediados de agosto empezó a erosionarse la libre circulación en la Unión Europea. Es un éxito de nuestra Diplomacia Económica ya que establece unos mínimos en términos de movilidad, pero deja abierta la puerta a que los Estados implementen medidas en frontera más laxas si su situación epidemiológica lo permite».
Para la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, “este acuerdo es un primer paso para reactivar la actividad turística internacional porque recoge medidas proporcionadas y predecibles que permiten mejorar la confianza de los viajeros. Asimismo, valora positivamente la preferencia por la realización de tests en origen y/o destino como medida preferente a las cuarentenas”.
Maroto ha recordado que España ha mostrado en todos los debates una mayor ambición en la defensa de la libre movilidad de viajeros como principio general en la UE que permita que Europa vuelva a ser un destino de viajes seguros. “Seguiremos trabajando para alcanzar esta regla general que permita en condiciones de seguridad sanitaria recuperar los flujos de turistas internacionales, un elemento clave para reactivar nuestro sector turístico”.
La Recomendación, adoptada en el Comité de Representantes Permanentes (Coreper), pese a tratarse de un texto fundamentalmente indicativo y de mínimos, persigue establecer unos criterios y datos estandarizados que: garanticen una libre circulación segura y no discriminatoria en el ámbito de la Unión Europea, refuercen los mecanismos de coordinación y mejoren la información a los ciudadanos.
Hasta ahora, cada Estado miembro había establecido las restricciones a ciudadanos provenientes de otros países según sus propios criterios y directrices, muchas veces diferentes entre sí. Con la nueva Recomendación se estandarizan los criterios de evaluación y se elimina el riesgo de discriminación entre ciudadanos europeos.
España acoge positivamente esta Recomendación ya que refleja nuestra postura en elementos fundamentales: la exclusión del cierre de fronteras como medida a adoptar, la protección a la movilidad de colectivos de particular sensibilidad y relevancia, como los viajeros en función esencial (trabajadores sanitarios, transportistas, pacientes en tránsito para recibir tratamiento médico, pasajeros en tránsito, estudiantes que deban desplazarse para acudir a clases recurrentemente, diplomáticos, personal militar y policías o periodistas en ejercicio de sus funciones, entre otros colectivos) y la regionalización de la evaluación y de la implementación de medidas. Se hace, además, una mención específica a los territorios periféricos y ultraperiféricos, como las islas, para las que España ha defendido un tratamiento singularizado.
Asimismo, la Recomendación recoge una mención expresa a la preferencia por la realización de test en origen y/o destino frente a las cuarentenas –o autoaislamientos- e invita, asimismo, a que los Estados sigan cooperando en el reconocimiento mutuo de resultados y en los formularios de localización de pasajeros (abriendo la posibilidad a un formulario europeo).
Defensa de la libre circulación y un primer paso para reactivar la actividad turística internacional
Con esta recomendación, Europa busca una mayor coordinación preservando el principio de movilidad entre EEMM. Establece unas bases mínimas de movilidad sobre la que los estados miembros pueden construir criterios más laxos dependiendo de sus circunstancias sanitarias.
El texto consagra el rol del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC por sus siglas en inglés) para la recogida de información y realización de mapas para dar transparencia a todo el proceso.
Semanalmente el ECDC hará una provisión semanal de datos para la consideración de los criterios esenciales (tasas de incidencia, pruebas y positividad) y complementarios (población, tasa de hospitalización, tasa de admisiones en UCI y tasa de mortalidad). Una información que este organismo distribuirá en tres mapas separados para los tres indicadores definidos como esenciales: tasa de incidencia acumulada a nivel regional y tasas de pruebas PCR y positividad a nivel nacional, a los que adicionalmente se elaborará un mapa combinado que empleará el código de colores del semáforo.
La Recomendación aprobada en Luxemburgo también establece la necesidad de informar anticipadamente al público y a los operadores, siguiendo –cuando sea posible- la regla general de la anticipación a las 24 horas y apoyándose en el uso de la web Re-open EU. En el caso de la adopción de medidas nacionales, los Estados miembros afectados deberán ser informados prioritariamente.