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Europa asesta un duro golpe a Uber al considerarla una empresa de transporte

Europa asesta un duro golpe a Uber al considerarla una empresa de transporte

Después de un litigio de varios años, el Tribunal Superior de Justicia Europeo ha dictado sentencia acerca del tipo de servicio prestado por Uber. Dicha califica el servicio prestado como un servicio en el ámbito de los transportes y por tanto excluido del ámbito de aplicación de la libre prestación de servicios así como de la directiva sobre comercio electrónico. Esa sentencia determina que el servicio prestado por Uber no se limita a un servicio de intermediación sino que es indispensable para la provisión del servicio.

En un comunicado, CEHAT ha afirmado que «el sector hotelero español y europeo lleva años defendiendo que los servicios prestados por determinadas plataformas que proveen alojamiento privado no son servicios neutros de simple intermediación, y que deberían estar actuando bajo la legislación turística. Este servicio prestado por las plataformas para estar exonerado de responsabilidad y fuera de la normativa turística debería ser neutro, y no lo es porque utiliza herramientas para generar confianza en el servicio y en los terceros mediante la descripción de casos reales y la publicación y clasificación de opiniones de usuarios, fijan o recomiendan al solicitante del servicio de alojamiento las tarifas-precios aplicables a las transacciones económicas y actúa como agente de cobros entre el solicitante del servicio de alojamiento y el tercero contratante siendo su ganancia el cobro de una comisión sobre el precio de transacción».

Economía colaborativa

En opinión de la patronal hotelera, la desnaturalización progresiva e imparable de las plataformas que nacieron bajo el nombre de “economía colaborativa” es una realidad, estas plataformas que originalmente surgieron con el propósito de que particulares ofrecerán al mercado bienes o servicios no utilizados a precio de coste, por un precio reducido o un trueque, han evolucionado hacía la captura por las mismas de negocios tradicionales o de nuevas formas de negocio que han crecido amparados por el ecosistema que proporcionan.

No ha sido la única asociación en mostrar su satisfacción con la decisión adoptada por los tribunales. FACUA espera que el fallo del TJUE abra las puertas a procedimientos similares para otras plataformas en sectores como los alojamientos turísticos (como Airbnb), la entrega de comida a domicilio (Deliveroo…) y otros del erróneamente conocido por muchos como «consumo colaborativo».

La asociación critica que muchas de estas plataformas quieren escapar de las regulaciones que afectan a los sectores de actividad en los que operan con el falso argumento de que sólo actúan como intermediarios. La sentencia del TJUE abre la posibilidad a que se pueda aplicar el mismo criterio que a Uber a otras empresas.

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